Contratos de adhesión
El contrato de adhesión es aquel cuyas cláusulas o condiciones han sido establecidas unilateralmente por el proveedor de productos o servicios sin que el consumidor haya podido discutir, negociar o modificar sustancialmente su contenido.
Estos contratos se materializan normalmente por la firma por el consumidor o usuario de un formulario contractual, una vez completados sus datos personales. En el mismo formulario o en otro documento que se adjunta están las cláusulas que reglamentarán el contrato y que se denominan “Condiciones Generales del Contrato”.
AL FIRMAR UN CONTRATO DE ADHESIÓN SE RECOMIENDA TENER EN CUENTA:
1º El contrato debe estar redactado en idioma español, en términos claros y con caracteres fácilmente legibles, de modo que facilite la comprensión por el consumidor.
2º Asegúrese que lo que le prometen verbalmente está escrito (‘las palabras se las lleva el viento”) y preste particular atención a las cláusulas de renovación automática que exigen un preaviso determinado para dar término al contrato.
3º No acepte presiones antes de firmar, si no entiende asesórese.
4º Exija una copia del contrato.
5º Prefiera a las empresas que ofrecen las mismas facilidades para contratar que para terminar con un contrato.
LA PROBLEMÁTICA DEL CONTRATO DE ADHESIÓN
Es muy poco habitual que quien firma un contrato de adhesión entre a valorar las cláusulas que lo regulan. En muchas ocasiones las cláusulas se encuentran redactadas de forma oscura, y en otras ni siquiera están a su disposición en el momento de la firma. Por último, muchos consumidores omiten su lectura a sabiendas de que no cabe negociación.
En general se entiende que el contrato por adhesión es válido ya que cualquier otra solución afectaría la simplicidad, rapidez y el tráfico económico general. Sin embargo, se reconoce la especial debilidad del consumidor, ya que la parte oferente impone su fórmula contractual, por lo que la ley de defensa al consumidor (la ley 17.250) busca evitar cláusulas abusivas. El contrato subsiste pero el juez puede declarar nula la cláusula abusiva.