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En caso de sospecha de mala praxis médica, lo primero que debemos hacer es pedir copia de la Historia Clínica en la Institución que el paciente fue atendido.
Con la Historia Clínica en nuestro poder debemos consultar un médico legista a quien solicitaremos nos analice la viabilidad de un reclamo: si existió negligencia médica, si existen pruebas para demostrarla y el grado de incapacidad que le quedó al paciente. Nuestro estudio jurídico cuenta con médico legista de confianza a quien se le puede solicitar la realización de este informe más allá que existe siempre la posibilidad de efectuar la consulta con un médico de confianza de la familia de la víctima.
En base a ese estudio preliminar, corresponde definir la estrategia a seguir que incluye determinar si se va a presentar denuncia ante el MSP, si se presentará denuncia penal y fundamentalmente definir las bases para la etapa de negociación.
Existen instancias de negociación optativas como puede ser la negociación directa entre la víctima y/o sus familiares con los responsables del daño o la negociación en un centro de mediación especializado y existe una conciliación previa necesaria ante los juzgados de paz o juzgados de conciliación en Montevideo y otros departamentos donde éstos existen.
Si fuera de interés del paciente o sus familiares, nuestro estudio conducirá las negociaciones extrajudiciales o en su caso preparará directamente la citación a conciliación, siempre con la finalidad de llegar a un acuerdo económico satisfactivo que repare al paciente o en su caso a su familia por el daño sufrido.
Si se logra un acuerdo en la etapa de conciliación previa, éste tendrá la misma autoridad que una sentencia. Si el acuerdo se alcanza en forma extrajudicial es conveniente la firma de un convenio que se hará homologar judicialmente.
En caso de no alcanzarse un acuerdo se prepara la demanda correspondiente contra los responsables. Para la preparación de esta demanda nuevamente necesitaremos el asesoramiento del médico legista quien actuando como consultor médico de parte nos complementará el informe médico preliminar y ajustará la terminología utilizada en la demanda de forma de plantear los hechos con un lenguaje técnico pero a la vez sencillo y fácil de comprender por el juez que entienda en el caso.
En la elaboración de la demanda es fundamental la prueba que se pueda ofrecer a efectos de acreditar la culpa, el daño y el nexo causal. Cabe señalar que no es suficiente que haya existido negligencia médica sino que además debemos acreditar que esa negligencia sea la causa – nexo causal – de un daño ya sea patrimonial o extra patrimonial. El daño extrapatrimonial o daño moral en principio debe probarse. Se exceptúan los casos de sufrimientos espirituales que se prueban por sí mismos como es el caso de la pérdida de un hijo.
Es fundamental una preparación meticulosa y completa de la demanda ya que – salvo excepciones previstas en la ley – no se pueden agregar nuevos documentos, proponer otros testigos, solicitar más informes con posterioridad a su presentación. Tampoco se podrán alegar hechos diferentes salvo aquellos claramente supervinientes.
Finalmente es importante tener presente que el juicio civil por responsabilidad médica es generalmente un juicio complejo, de larga duración y que a los costos por concepto de tributos propios de todo proceso civil debe agregarse el costo de la prueba pericial siendo que los honorarios de un perito judicial oscila en 5 o 6 unidades reajustables por hora de trabajo, estimándose que un peritaje médico puede insumir de 8 a 10 horas. Probablemente se requerirá un nuevo asesoramiento del médico legista para orientar al abogado patrocinante respecto a las preguntas técnicas a realizar en audiencia al perito actuante o a médicos que puedan haber sido citados como testigos.
Preguntas frecuentes
1. ¿Quiénes pueden reclamar por negligencia médica?
La víctima y sus familiares, generalmente los que viven bajo un mismo techo.
2. ¿Contra quién puede dirigirse el reclamo?
Contra el o los médicos actuantes, personal técnico si fuera el caso y contra el centro asistencial.
3. ¿Qué pasa si la Historia Clínica se perdió o fue adulterada?
Si la Historia Clínica fue adulterada el médico legista se da cuenta en la mayoría de los casos. Además el estudio cuenta con grafólogo y perito calígrafo que podrá realizar un informe para confirmar o descartar la posible adulteración.
Sea un caso de la adulteración o perdida es de señalar que una historia inexistente o adulterada implicará presunción a favor de que lo que se dice en la demanda es cierto, en tanto los demandados no podrán probar su actuación, porque la documentación fundamental donde se encuentra esa defensa, se perdió o no tiene validez por haber sido adulterada.
4. ¿Qué plazo existe para reclamar?
Si reclama el asociado de la mutualista contra el centro asistencial la responsabilidad es contractual y la acción prescribe a los 20 años.
Si reclama un tercero o se reclama contra el médico u otro dependiente la responsabilidad es extracontractual por lo que la acción prescribe a los 4 años.
No obstante lo anterior se aconseja no dejar que pase el tiempo y acudir inmediatamente al estudio inmediatamente que ocurra el hecho ya que eso permitirá iniciar lo antes posible la recopilación de pruebas que permitan demostrar la responsabilidad médica. Cuanto menos tiempo haya transcurrido desde la ocurrencia del hecho más fácil será probar el mal procedimiento.
5. ¿Qué centro de mediación especializado en daños y perjuicios por mala praxis médica existe y cuál es el procedimiento que se sigue?
La “Asociación de usuarios del sistema de salud” (ADUSS) sito en Eduardo Acevedo 1538.
http://www.laondadigital.com/laonda/laonda/001-100/49/aduss%20una%20voz%20en%20defensa%20de%20los%20usuarios%20mutuales.htm
Se pide día y hora al 24021833 para que concurran las partes, los abogados y los médicos consultores y se procurará, con la mediación de un profesional del centro, ponerse de acuerdo si hubo mala praxis y el porcentual de incapacidad si la hay, para posteriormente discutir el monto de la reparación en base al caso concreto a la luz de valores de indemnización jurisprudenciales.
6. ¿Cómo es el procedimiento para la presentación de denuncia ante el MSP y cuáles son sus principales ventajas y desventajas?
En primera instancia se presenta la denuncia por escrito ante la institución donde se atendió el paciente, la que dispone de 20 días corridos para notificar por escrito al usuario que se va a realizar una investigación y luego de 90 días corridos para investigar pudiendo prolongarse por 90 días más por causas fundadas y por única vez.
La principal ventaja es que se obtiene prueba pericial en forma gratuita, pero presenta la desventaja de la demora y que busca determinar únicamente la responsabilidad administrativa (disciplinaria) y no hay reparación del daño.
7. ¿Cómo es el procedimiento para la presentación de denuncia penal y cuáles son sus principales ventajas y desventajas?
Si es de interés de la víctima o sus familiares el estudio prepara la denuncia penal. Más allá de que mediante el proceso penal se puede obtener la generación de prueba para el proceso civil a bajo costo es de tener en cuenta que en el juicio penal se exige una culpa muy grave del profesional actuante que sólo excepcionalmente resultará condenado.